La DGT considera que la bicicleta deja de ser bici y pasa a considerarse motocicleta cuando tiene más de 50 cm3

La DGT - Dirección General de Tráfico considera por Ley que los ciclomotores son vehículos con motor que tienen menosde 50 centimetros cúbicos y cuya velocidad no supera los 45 Km/hora.
Por tanto, aquellos vehículos a motor que sobrepasen los límites indicados de 50 cm3 y velocidad 45 km/h. serán considerados motocicletas y necesitarán permiso de conducir al efecto. En este caso permiso de la clase AM para ciclomotores.
Para poder circular los ciclomotores por la vía pública además del correspondiente carnet de conducir del conductor, será necesario llevar la documentación del ciclomotor a nombre del titular, la ficha técnica con la ITV en vigor y el seguro obligatorio que cubra daños personales y materiales. Si el vehículo pasa de 50 cm3 pasará de ser bicicleta o ciclomotor a motocicleta y necesitará otro tipo de permiso de conducir y más requisitos
La placa a matrícula que llevan los ciclomotores o motocicletas hasta los 50 cm3 son diferentes a las matrículas tradiconales de los coches. En el caso de los ciclomotores llevan una placa con fondo amarillo y tres líneas. La primera una letra y un número, la segunda tres números y la tercera dos letras.
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